Prolongue la vida útil del buque aplicando NBIC 3.4
El margen de diseño utilizado para determinar la tensión admisible se redujo de 4,0 a 3,5 en la adenda A99 del Código ASME. Esto a menudo dio lugar a vasos más finos y ligeros. Aproximadamente al mismo tiempo, el Código de Inspección de la Junta Nacional (NBIC) introdujo normas que permitían el uso de estas tensiones admisibles más elevadas al recalificar los buques construidos conforme a los códigos anteriores a la adenda A99. De este modo, se dispone de un grosor adicional para evitar la corrosión, lo que permite prolongar la vida útil de los recipientes más antiguos. INSPECT incluye la capacidad de utilizar automáticamente las tensiones admisibles más altas según la sección 3.4 de la NBIC, según corresponda. Para los recipientes fabricados antes de 1968, INSPECT utiliza automáticamente las tensiones admisibles basadas en el margen de diseño original de 4,0
Cómo INSPECT implementa NBIC 3.4
En INSPECT, cuando se activa la opción de recalificación de un buque mediante NBIC 3.4, se realizan las siguientes comprobaciones. Las tensiones admisibles más altas se aplicarán si el recipiente:
Si alguna de estas comprobaciones falla, se utilizarán las tensiones admisibles anteriores a 1999 basadas en el margen de diseño 4.0. Para más información, véase la NBIC 3.4 y la Interpretación NBIC 98-14, preguntas 4 y 5.
Prolongación de la vida útil de los buques mediante la aplicación de NBIC 3.4 en INSPECT
Capacidades destacadas de INSPECT
Más información